RESIDENCIA NO LUCRATIVA
VISADO DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA
El Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, que regula los derechos de los extranjeros en España, ha introducido una sensible mejora para aquellos que quieren instalarse en España con suficientes medios económicos.
Si usted no tiene el capital suficiente para obtener el visado de inversor, quizás le pueda interesar conocer el "visado de residencia no lucrativa", especialmente diseñado para quienes desean vivir en España, sin trabajar (sí permite estudiar). Sin embargo, debe residir efectivamente en España ( a diferencia del visado de inversor, que solo exige un desplazamiento a España durante la vigencia del visado).
I.- Principales VENTAJAS:
1.- Le permite residir en España por el plazo de un año, renovable por dos años más. Posteriormente, se puede solicitar prórroga indefinida.
2.- Una vez transcurrido un año de permanencia en España, si obtiene una oferta laboral fija de un empresario, es posible y factible cambiar al visado o permiso de residencia y trabajo.
3.- Transcurridos dos años, para quienes tienen un pasaporte Hispanoamericano, ya será posible solicitar la NACIONALIDAD ESPAÑOLA.
4.- Permite al interesado instalarse en España con su familia conyuge, hijos menores, hijos mayores de 18 años y ascendientes, que convivan y dependen de él.
II.- REQUISITOS:
Resumidamente, el interesado deberá aportar:
(El pasaporte deberá tener una vigencia minima de un año).
1.- Certificado médico local de que no padece enfermedad contagiosa. (le daremos un modelo).
2.- Seguro médico privado su estancia de un año en España. Nuestra oficina le puede ayudar a contratar este seguro para toda su familia, con un coste de unos 1000 euros anuales.
3.- Acreditación de medios económicos Para el interesado, mínimo 30000 euros y otros 8000 euros mas por cada miembro adicional de su familia. Es muy aconsejable no ajustarse al mínimo, y aportar extractos de banco, resguardos de pensiones, negocios o rentas que prueben esta solvencia económica.
4.- Certificado de antecedentes penales país de residencia, y de los países donde estuvo los últimos 5 años.
III.- Plazos de tramitación:
Son plazos muy agiles. Según la ley, el plazo de respuesta del Gobierno será de entre uno y dos meses.
IV.- Coste de nuestros servicios:
Garantizamos la eficiencia y los resultados de nuestro trabajo.
El coste oscilará, dependiendo de la dificultad y numero de miembros de la familia, entre 3000 y 5000 euros. (por familia).