DISFRUTE DE LAS VENTAJAS DE VIVIR EN ESPAÑA SIN TRABAJAR
Un visa de residencia no lucrativa es un permiso de residencia otorgado por el gobierno de España. Este permiso está destinado a no ciudadanos de la Unión Europea, que cuentan con activos suficientes y que deseen residir o jubilarse en España sin solicitar un visado de trabajo ni realizar operaciones comerciales. Le permite residir en España por el plazo de un año, renovable por dos años más, y luego, si cumple con ciertos requisitos, ya será posible solicitar la NACIONALIDAD ESPAÑOLA, para toda la familia.
El Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, que regula los derechos de los extranjeros en España, ha introducido una sensible mejora para aquellos que quieren instalarse en España con suficientes medios económicos.
Nuestros Servicios
Asesoramiento y preparación de su expediente para presentar ante el Consulado de España.
Asesoramiento para obtener el seguro médico en España
Asesoramiento inmobiliario para hacer su inversión en bienes inmuebles
Asesoramiento financiero para hacer su inversión en acciones, valores, fondos y cuentas en bancos españoles.
Solicitud de la TARJETA DE RESIDENCIA, posterior a la concesión del visado de residencia consular
Tramitación y pago de las tasas consulares.
Tramitación de Numero de identificación Fiscal (NIE).
Adicionalmente, asesoramiento en la elección de inmuebles, apertura de cuentas bancarias, compra de acciones o fondos de inversión, constitución de empresas, negocios, etc.
Nosotros nos encargaremos de rellenar por usted toda la documentación necesaria y enviarla a las autoridades competentes.
Nos manejamos con absoluta confidencialidad con toda la información a la que tenemos acceso.
Lo guiaremos durante todo el proceso, desde el inicio hasta que consiga su visado, nos ocupamos de cada detalle del proceso.
Si no recibe su nacionalidad o su residencia, le devolvemos su dinero. Orientaremos sobre la viabilidad de su caso en una consulta GRATUITA.
Ventajas
1.- Le permite residir en España por el plazo de un año, renovable por dos años más. Posteriormente, se puede solicitar prórroga indefinida.
2.- Una vez transcurrido un año de permanencia en España, si obtiene una oferta laboral fija de un empresario, es posible y factible cambiar al visado o permiso de residencia y trabajo.
3.- Transcurridos dos años, para quienes tienen un pasaporte Hispanoamericano, ya será posible solicitar la NACIONALIDAD ESPAÑOLA.
4.- Permite al interesado instalarse en España con su familia cónyuge, hijos menores, hijos mayores de 18 años y ascendientes, que convivan y dependen de él.
Requisitos – Documentación Básica
El interesado deberá aportar:
(El pasaporte deberá tener una vigencia mínima de un año).
1.- Certificado médico local de que no padece enfermedad contagiosa. (le daremos un modelo).
2.- Seguro médico privado su estancia de un año en España. Nuestra oficina le puede ayudar a contratar este seguro para toda su familia, con un coste de unos 1.000 euros anuales.
3.- Acreditación de medios económicos Para el interesado, mínimo 30.000 euros y otros 8.000 euros más por cada miembro adicional de su familia. Es muy aconsejable no ajustarse al mínimo, y aportar extractos de banco, resguardos de pensiones, negocios o rentas que prueben esta solvencia económica.
4.- Certificado de antecedentes penales país de residencia, y de los países donde estuvo los últimos 5 años.
Plazos de tramitación
Son plazos muy agiles. Según la ley, el plazo de respuesta del Gobierno será de entre 1 y 2 meses.
Coste de nuestros servicios
Garantizamos la eficiencia y los resultados de nuestro trabajo.
El coste oscilará, dependiendo de la dificultad y número de miembros de la familia, entre 3.000 y 5.000 euros (por familia).